Establécense las condiciones y procedimientos bajo los cuales se llevará a cabo el régimen de cargas de exportación en planta. Para adherir y permanecer en el régimen de cargas de exportación en planta, los exportadores deberán inscribirse en los Registros Especiales Aduaneros como “Exportador habilitado para operar desde planta (EXPL)” mediante Clave Fiscal en la Pagina de la AFIP. La misma entra en vigencia el proximo 27 de Diciembre de 2010.

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