El día martes 9 de Mayo se publicó en el Boletín Oficial la resolución de referencia, mediante la cual, se establece que los exportadores de mercadería con destino a la República Federativa del Brasil y los importadores que ingresen mercadería originaria de ese país en el marco de los Acuerdos de Complementación Económica N° 14 y N° 18, cuyas operaciones se registren a partir del 10 de mayo de 2017, podrán utilizar el Certificado de Origen Digital (COD) implementado por la Resolución General N° 3.942 y su complementaria o el certificado de origen en formato papel.

La opción indicada en el párrafo precedente se ejercerá al momento del registro de la destinación de importación.

Para ver el texto completo de la norma hacer: CLICK AQUI.

 

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com